Reglamento Interno de Becas

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS PARA RENOVANTES Y NUEVAS SOLICITUDES
CICLO ESCOLAR 2021-2022

Padres de Familia:

Padres de Familia:
Como Institución Particular colaboramos con la Secretaría de Educación en la formación de la niñez, otorgando el 5% de becas del monto total obtenido de inscripción de los alumnos, acordado, para ayudar a algunos Padres de Familia que desean que sus hijos reciban una educación integral en nuestra Institución y que por ahora su situación económica no les permite solventar.

Conscientes de esta necesidad de ayudarnos mutuamente en bien de la educación, quienes soliciten BECA necesitan tomar en cuenta   lo siguiente:

 Artículo 1.- El Comité Interno de Becas estará formado por un presidente, un secretario, una maestra(o) y un padre de familia que se sujetarán a los lineamientos de la Institución establecidos para el otorgamiento de los porcentajes de beca.

Artículo 2.- Recoger el formato de solicitud para su trámite de Beca en la fecha señalada en la convocatoria y entregar en fecha y lugar asignado por la Institución.

Artículo 3. El Comité Interno de Becas considerará que los solicitantes justifiquen el nivel académico correspondiente, cubran el promedio estipulado en la convocatoria de cada nivel, tomando en cuenta solo las materias académicas, observen buena conducta y comprueben que la condición económica de los padres de familia amerita la solicitud.

Artículo 4.- El Comité Interno de Becas, definirá el porcentaje individual de cada beca, y lo notificará, mediante oficio a los interesados en la fecha señalada en la convocatoria y a la organización de la institución.

Artículo 5.- Las becas no son transferibles de un nivel educativo a otro, ni a familiares, ni de institución a institución, se asigna una por familia.

Artículo 6.- La beca otorgada tendrá vigencia durante un año, el ciclo escolar 2021-2022.

Artículo 7.- Los alumnos solicitantes estarán inscritos al entregar la documentación de su trámite.

El primer mes de colegiatura, lo cubrirán completo a más tardar el día 17 de septiembre de 2021, posteriormente se cubrirán las 10 mensualidades restantes, según el porcentaje de beca asignado por el Comité Interno de Becas.

Artículo 8.- Deberán recoger los formatos de solicitud (uno por familia) y regresarlos con la documentación completa correspondiente, en la fecha señalada. El comité de becas no revisa solicitudes incompletas.

Artículo 9.- Las becas no incluyen: Cuota de matrícula anual, Cuota de padres de familia, Gastos anuales.

Artículo 10.- La solicitud de beca y/o la beca se podrán suspender o cancelar cuando:

  1. Hayan proporcionado información falsa.
  2. No sostenga su promedio durante el año escolar que se le otorgó.
  3. Realicen conductas contrarias al reglamento y los Padres no hayan atendido las indicaciones, acuerdos o prevenciones.
  4. Los Padres de familia presenten una actitud inapropiada hacia los otros miembros de la comunidad educativa sus autoridades o no observen el reglamento de la Institución.

Artículo 11.-  No podrán solicitar beca los padres que cubren las colegiaturas de manera anual.

Artículo 11.- Para poder renovar la beca asignada en SEE es necesario que el alumno continúe en el mismo nivel, conserve el promedio indicado en la convocatoria.

Artículo 12.- La Dirección del Plantel, a través de su Comité Interno de Becas, será responsable de la validación de las renovaciones y asignaciones de Beca.

Artículo 13.- Los alumnos solicitantes y renovantes deberán tener un promedio mínimo de 8.5 para primaria, 8.5 para secundaria y 9.0 para preparatoria en las materias académicas, sin tener calificaciones parciales o trimestrales de 5.0 en el ciclo escolar 2020-2021.

Artículo 14.- Los alumnos cumplirán con el reglamento interno y observarán buena conducta dentro y fuera de la Institución.

Artículo 15.- Estar de acuerdo en la política de la Institución y en caso de recibir el beneficio de la beca, participar, cooperar y apoyar en las diferentes actividades programadas por la institución.

Artículo16.- Al momento de entregar su solicitud con la documentación correspondiente deberá estar cubierto la totalidad de la matrícula y cuotas anuales, no presentar adeudo en colegiaturas y ningún otro concepto de los ciclos escolares pasados.

Artículo 17.- El tipo de beca que se asigna es: de SEE (concurso), Institucional y/o por convenio sindical.

Artículo 18.- Los solicitantes verificarán en la última semana de agosto 2020, los resultados de la asignación en la dirección correspondiente, debiendo recoger el oficio que la ampare concluyendo el trámite entregando en oficina de administración copia del mismo y comprobante de pago de colegiatura del mes de agosto 2021.

Artículo 19.- Los solicitantes que no recogieran su oficio de asignación, pasado el mes de la fecha establecida, perderá su aplicación.

Artículo 20.- Lo no previsto en el presente Reglamento queda bajo la responsabilidad del Comité Interno de Becas.

Morelia, Michoacán a 01 de junio del 2021